MOP firma Decreto de Escasez Hídrica para la Provincia de Copiapó
El Ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno, firmó nuevos decretos de Escasez Hídrica para la Provincia de Copiapó de la Región de Atacama y la Comuna de Calera de Tango en el Área Metropolita, las que cumplieron los criterios técnicos definidos por la Dirección General de Aguas (DGA) para determinar que presentan una situación de sequía, especial preocupación que tiene el Gobierno ante este problema.
El Director General de Aguas (DGA), Oscar Cristi Marfil, explicó “a la fecha hay 16 Decretos de Escasez Hídrica Vigente en 101 comunas de las regiones de Los Lagos, Metropolitana, Valparaíso, Coquimbo y Atacama en la cuales se confirmó la condición de sequía luego que el Informe de Condiciones Hidrometeorológicas respectivo, elaborado por la División de Hidrología de la DGA-MOP, indicara que en cada territorio se sobrepasaba al menos el límite definido en uno de los indicadores de caudal, precipitaciones y aguas subterráneas”.
Mientras tanto en la región, la Directora (S) de la DGA Atacama, Katherine Moreno Alfaro, señaló, “dada la extrema condición de déficit de precipitaciones que enfrenta la región y particularmente la Provincia de Copiapó, el decreto de escasez figura como un mecanismo que permite a los usuarios de agua y a la población en general enfrentar las dificultades ocasionadas por la falta de disponibilidad hídrica. Para ello, y en el amparo del artículo 314 del Código de Aguas, este Servicio podrá autorizar extracciones de aguas superficiales o subterráneas temporalmente, siempre y cuando se cumplan con las criterios que establece la Dirección General de Aguas para las solicitudes de extracción temporal de aguas, los cuales se encuentran disponibles en https://dga.mop.gob.cl/administracionrecursoshidricos/decretosZonasEscasez/Paginas/default.aspx”.
“Es decir, uno de los beneficios, es que distintos tipos de usuarios pueden solicitar a la DGA una autorización para la extracción temporal de aguas. Para ello deberá completar los criterios y alcances señalados en los formularios de solicitud que se encuentran disponibles en el sitio web del Servicio“, agregó la Directora (S).
Más beneficios del decreto
Otra herramienta que entrega es facultar a la DGA para que tenga la posibilidad de intervenir en la distribución de las aguas, suspendiendo las atribuciones de las Juntas de Vigilancia, como también los seccionamientos de las corrientes naturales que estén comprendidas dentro de la zona de escasez.
También permiten la entrega de recursos de emergencias para quienes viven en zonas rurales como el abastecimiento con camiones aljibes. Estos son contratados por las comunas, financiados por el gobierno regional, una vez que ha sido autorizado por el Ministerio del Interior (Subsecretaría del interior), si:
1. Declaración de zona de escasez hídrica (Ministerio de Obras Públicas).
2. Declaración de emergencia agrícola como consecuencia del déficit hídrico (Ministerio de Agricultura).
3. Declaración de zona de catástrofe (Ministerio del Interior y Seguridad Pública).
4. Informe que acredite la falta de recursos en un sector o sistema APR producto del déficit de precipitaciones (Dirección de Obras Hidráulicas, MOP).
Las declaraciones de escasez hídrica, además, abren la puerta para la aprobación de decretos de emergencia MOP, que tramita la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) por solicitud de las comunas afectadas, para entregar soluciones en el corto plazo que incluye el mejoramiento de Sistemas de Agua Potable Rural (APR) (Sistema Sanitario Rural) y desarrollar obras por trámite directo sin licitaciones, entre otras.
Desde la Dirección General de Aguas (DGA) en Atacama, informaron que estarán pendientes de recibir y tramitar, bajo las consideraciones establecidas por el Servicio, las solicitudes de extracción temporal. Para ello se realizarán las visitas a terreno respectivas que permitan verificar que los puntos de captación están emplazados en cauces naturales y que el punto de extracción de agua cuenta con un sistema de medición, puesto que los titulares, una vez que cuenten con la aprobación de la solicitud de extracción temporal de aguas, deberán informar los caudales de extracción.
La Directora (S), además agregó “Es importante señalar que será requisito para autorizar extracciones de aguas amparadas en decretos de escasez, que la obra de captación desde donde se solicita la autorización esté previamente registrada en el Software Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE) y por lo tanto posea su Código de Obra. Por lo anterior, si no se acompaña dicho código, la solicitud será rechazada”.
Para que los usuarios se registren en el Software de MEE, deben ingresar a la página web.
Finalmente la Directora (S) Moreno indicó, “hacemos presente que la Dirección Regional de Aguas, está dedicando su mayor esfuerzo, utilizando nuevas tecnologías como el uso de imágenes satelitales y el equipo de drones, para fiscalizar las extracciones de aguas constituidas bajo un derecho de aprovechamiento de aguas, así como las solicitudes de extracción temporal amparadas en Decreto de Escasez, para detectar la extracción ilegal de agua en sectores subterráneos o superficiales en distintos puntos de la región”.