Sujeto fue condenado a 800 días de presidio efectivo por conducir en estado de ebriedad
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó condenó hoy –lunes 16 de enero– a Eduardo Marcelo Plaza Ortiz a la pena de cumplimiento efectivo de 800 días de presidio, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con licencia de conducir cancelada. Ilícito perpetrado en noviembre de 2019, en la ciudad.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Adrián Reyes Pardo (presidente), Alfonso Díaz Cordaro y Mauricio Pizarro Díaz (redactor)– aplicó, además, a Plaza Ortiz la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, la cancelación de la licencia conducir y el pago de una multa de 5 UTM.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 03:58 horas del 25 de noviembre de 2019, “(…) Eduardo Marcelo Plaza Ortiz condujo el vehículo marca Chevrolet PPU DSGS.46, color negro, en calle Chacabuco esquina de calle Atacama comuna de Copiapó, momentos en que conducía en zigzag. A raíz de lo anterior se denunció el hecho a carabineros, quienes al constituirse en el lugar, controlaron al acusado detectándose que lo hacía en estado de ebriedad, que constó al personal policial por su hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar”.
“El informe de examen alcoholemia realizado al imputado arrojó que conducía el automóvil con 2.28 gramos de alcohol por mil en la sangre”, agrega el fallo.
“Al ocurrir los hechos, el imputado conducía el vehículo teniendo cancelada su licencia de conducir por sentencia dictada en causa con fecha 05 de enero de 2019, que lo condenó, en lo pertinente, a la pena de suspensión perpetua de su licencia de conducir, la cual además se encontraba suspendida por sentencia RUC 1600255171-7 de fecha 15 de septiembre de 2016 que lo condenó, en lo pertinente, a la suspensión de su licencia por 4 años, y por sentencia con fecha 06 de octubre de 2017, que lo condenó, en lo pertinente, a la suspensión de la licencia de conducir por 5 años”, concluye.