Fiscalizan empresas no esenciales

Fiscalizan empresas no esenciales 

(Foto: Seremi del Trabajo)

En un trabajo mancomunado entre la Dirección del Trabajo (DT) y Policía de Investigaciones (PDI) y acompañados por el Secretario Regional del Trabajo y Previsión Social, Carlos Leal Varas, se realizó en Copiapó una jornada de fiscalizaciones a empresas que son consideradas como no esenciales bajo la normativa que rige de manera excepcional la comuna de Copiapó que se encuentra en cuarentena.

En la oportunidad, se fiscalizaron a tres empresas y se suspendió a una de ellas: MG, que al momento de la inspección tenía dos trabajadores laborando, la empresa tenía giro de ferretería, en circunstancia que se estaba dedicando a la venta de pintura de autos. También se fiscalizó a una peluquería, que no es empresa esencial. Estaba la dueña con tres clientas en su interior, en el caso de esta al no haber trabajadores adentro la DT estudiará la aplicación de sanciones. La tercera empresa se encontraba cerrada en ese momento.

El Seremi del Trabajo y Previsión Social, Carlos Leal Varas explicó que “estas fiscalizaciones oportunas son gracias a las denuncias realizadas por la sociedad civil, ya sean, trabajadores que sienten vulnerados sus derechos al ser obligados al trabajar en cuarentena decretada por la autoridad sanitaria, clientes o personas de la sociedad civil que ven que estas empresas están funcionando de manera irregular y realizan su denuncia en www.dt.gob.cl. Quiero recordar que, estas denuncias son de manera anónima y son la única forma en la que podemos asegurar una fiscalización rápida y oportuna”

Por su parte, la Directora del Trabajo de Atacama, Pamela Orellana Patiño señaló “Hoy estamos continuando en nuestra región las fiscalizaciones conjuntas con la PDI iniciadas la semana pasada a raíz del estado de cuarentena que vive Copiapó. En este contexto ya no solo fiscalizamos que los empleadores protejan la vida y salud de los trabajadores, sino que ahora también el que las empresas que están funcionando correspondan a aquellas catalogadas como esenciales; por ello, si detectamos, como ocurrió hoy, una empresa que no debía funcionar y con trabajadores adentro, procederemos siempre a la suspensión inmediata de las labores, lo mismo haremos si hay empresas esenciales que no están protegiendo adecuadamente a sus trabajadores”.

La Directora regional de la Dirección del Trabajo (DT) recordó que la Dirección del Trabajo actúa en este contexto respaldada por el artículo 184 del Código del Trabajo que obliga a los empleadores a proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores. Acá las multas pueden fluctuar entre las 10 y las 60 UTM, es decir, poco más de 3 millones de pesos.

Alfredo Espinoza Rojas, Comisario Subjefe de la Brigada de Homicidios de Copiapó indicó “nuestra labor en estas fiscalizaciones es con respecto a las personas, verificar si cuentan con los permisos y salvoconductos que se pueden obtener en comisariavirtual.cl, con los cuales estas personas realizarían una actividad restringida y autorizadas, y si estás personas son reincidentes en este tipo de delitos con respecto al código sanitario. Cabe destacar que, las personas que no cuentan con estos permisos reciben una sanción porque esto aplica para todos y en el caso de aquellos que son reincidentes se procede a la detención inmediata”.

Fuente: Seremi del Trabajo

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